Sin duda una de las múltiples preocupaciones que surgen en las mujeres al quedar embarazadas e insertas al mundo laboral dice relación con su trabajo, surgiendo una serie de interrogantes e inquietudes referente al fuero maternal.
- ¿Qué es el fuero maternal?
El fuero maternal es un derecho de carácter irrenunciable que la ley concede a la mujer que realiza una actividad laboral y que queda en este intertanto embarazada, en virtud del cual por el periodo de tiempo que determina la ley, esta no podrá ser despedida de su trabajo.
- ¿Por qué la ley ha contemplado este derecho y lo ha declarado irrenunciable?
Nuestro legislador ha querido proteger el derecho de estabilidad laboral y maternidad de la mujer, de manera tal que ésta no se vea perjudicada por vivir un acontecimiento tan humano y natural e imprescindible para la continuidad de la especie, otorgándole a través de este derecho la tranquilidad de que no perderá su trabajo y de que mantendrá sus ingresos económicos aun cuando no asista a realizar sus prestaciones de servicio.
- Duración del fuero maternal
Esta protección que da la ley a la mujer embaraza comienza desde el día 1 de su embarazo hasta el año y 84 días contados desde el nacimiento del bebe, conforme lo señalado el artículo 201 del Código del trabajo.
- Descanso maternal
Si bien el fuero maternal es uno de los derechos más importantes del cuál es titular la mujer embaraza, también le asisten otros derechos tales como:
- El pre-natal.
- El post-natal.
El descanso prenatal se encuentra establecido en al artículo 195 del Código del Trabajo, y consiste en términos prácticos en que faltándole a la mujer embarazada 6 semanas para dar a luz está no realizará su actividad laboral y por ende se podrá quedar descansando preocupándose sólo de terminar el proceso de gestación de su bebé recibiendo de todas maneras su remuneración.
Por otro lado también la ley ha otorgado a la mujer que ha dado a luz un período de descanso de tres meses posteriores al parto, conocido como post natal regulado en el artículo 197 bis del código del trabajo, donde podrá recibir su sueldo dedicándose solo al cuidado de su bebé.