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Archives for Diciembre 2018

Incumplimiento Grave – Falta de Probidad

Lo primero que debemos tener en cuenta, es que la probidad es una palabra que encontramos plasmada en la Constitución Política de la República de Chile, donde en su artículo 8 señala que “Las funciones públicas obliga a sus titulares a da estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones”.

No obstante, lo anterior la probidad en el actuar de una persona, no sólo se ha exigido respecto de trabajadores del sector público (funcionarios públicos), ya que el Código del trabajo en el artículo 160 numeral 1 letra a) establece como una causal para que el empleador ponga termino a la relación laboral, el hecho de que le trabajador desempeñe sus funciones con falta a la probidad, perdiendo además el derecho a ser indemnizado.

  • ¿Cuándo un trabajador actúa en su trabajo con falta a la probidad?

La probidad ha sido definida como sinónimo de integridad, honradez y rectitud en la ejecución de mis actuaciones, por ende,un trabajador falta a la probidad en la prestación de sus servicios laborales cuando su actuar es deshonesto, deshonroso, desleal, indigno o desvergonzado.

Ahora bien, debemos tener en consideración que el hecho de establecer si un trabajador a actuado o no con falta a la probidad es una cuestión que en caso de conflicto corresponde determinar al juez según los antecedentes y pruebas del proceso.

  • ¿Cuáles serían ejemplos concretos de falta a la probidad?

Casos concretos serían, por ejemplo:

  1. Tener relaciones sexuales en el baño del lugar de trabajo.
  2. Mal utilizar recursos del empleador para beneficios personales que no digan relación con el trabajo que se realiza.
  3. Golpear a un compañero de trabajo.
  4. Tratar mal a un cliente.
  5. Utilizar información de la empresa para perjudicar al empleador.
  6. Administrar de manera impropia los bienes que ha confiado el empleador.
  7. Difamar a su empleador.
  8. Otros…

Autodespido; Causales, Proceso, Derechos y Obligaciones

Todo lo que Necesita Saber Respecto al Auto despido.

AUTO DESPIDO
  • ¿Qué es el despido indirecto?

El auto despido también conocido como despido indirecto y se encuentra regulado en el artículo 171 del Código del trabajo, definido como el acto por el cual un trabajador decide poner fin al contrato de trabajo celebrado con su empleador, por haber este último incurrido en alguna de las causales señaladas en la ley.

  • ¿Por qué motivos puedo auto despedirme?

Un trabajador estará en la posibilidad de poner término de forma unilateral a su contrato de trabajo, si su empleador:

  1. Realiza alguna conducta indebida de carácter grave, debidamente comprobada, tales como: acoso sexual, acoso laboral, entre otras.
  2. Comete actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del lugar de trabajo, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.
  3. Incumplimientos graves de las obligaciones que establece el contrato, por ejemplo, el no pago de las cotizaciones.
  • ¿Qué proceso debo seguir para el auto despido?
  1. Consultar con un abogado laboral si mi caso se encuentra dentro de las causales que la ley señala. Por ejemplo, si su empleador sólo debe una cotización no es motivo suficiente para que proceda el auto despido.
  2. Una vez estudiado el caso de proceder el despido indirecto el trabajador deberá comunicarlo por escrito a su empleador, debiendo enviar además una copia a la Dirección del Trabajo, debiendo señalar: a) la causal invocada; b) cuáles son los hechos que lo acreditan.
  3. Posteriormente el trabajador tendrá la obligación de demandar ante los Tribunales de Justicia el despido indirecto, en un plazo de 60 días hábiles, contados desde la terminación de los servicios.
  • ¿Qué derechos e indemnizaciones contempla el auto despido?

El trabajador que sea favorecido con una sentencia de auto despido tendrá derecho a que se le pague el mes de aviso previo y los años de servicios, pudiendo esta última experimentar un aumento entre el 50% y 80% según la causal de auto despido que se pruebe.

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