- Si me despiden ¿tengo derecho a indemnización?
Por regla general el trabajador que es despedido tiene derecho a indemnización, salvo que el termino de contrato se deba a ciertas causales, estas son:
- el despliegue de determinadas conductas indicadas en la ley que son: falta de probidad, acoso sexual, vías de hecho ejercidas por el trabajador, injurias hacia el empleador, conductas inmorales y acoso laboral.
- cuando el trabajador efectúa negociaciones prohibidas dentro del mismo giro del negocio.
- no asistir a el trabajo bajo determinadas circunstancias.
- abandono del trabajo.
- actos u omisiones que afecten su propia seguridad o de terceros.
- actos intencionales que causen perjuicios materiales a la empresa.
- el incumplimiento grave de obligaciones establecidas en el contrato.
- ¿Qué se entiende por falta de probidad? no existe una definición legal, pero de manera simple se puede explicar indicando que ocurre cuando el trabajador en su actividad laboral no despliega una conducta honrada. Un ejemplo sería el caso de un trabajador que cuenta con acceso a información privilegiada que luego se la traspasa a terceros.
- ¿Qué pasa si me acusan de acoso sexual?: es una causal de despido, y el empleador está obligado a investigar los hechos y acreditarlos de manera seria y fundada.
- ¿Qué pasa cuando el trabajador ejerce vías de hecho en contra del empleador u otro trabajador?: es una causal de despido, y comprende toda conducta que se considere violenta y agresiva por parte del trabajador.
- ¿Qué se entiende por injurias hacia el empleador?: según el Código Penal el delito de injurias consiste en toda expresión proferida o acción ejecutada en deshonra, descrédito o menosprecio de otra persona. (artículo 416). En materia laboral dicha causal tiene lugar cuando el trabajador insulta y ofende a su empleador.
- ¿Qué se entiende por conducta inmoral del trabajador?: se trataría del despliegue de una conducta contraria a la moral y las buenas costumbres en el ámbito laboral, por tanto, se excluyen las conductas que desempeñe el trabajador en su vida privada.
- ¿Qué se entiende por acoso laboral? se considera acoso laboral las conductas reiteras de hostigamiento que afectan la dignidad y/o la integridad física y psíquica de las personas. Un trabajador puede ser despedido por esta causa cuando lleva a cabo dicha conducta en contra de otros trabajadores.
- ¿Cuándo hay una negociación incompatible?
Las negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que hubieran sido prohíbas por escrito en el contrato por el empleador. Si el dependiente igualmente realiza dichas actividades, se constituye una causal de despido.
De esta manera, serán requisitos: (i) Que la prohibición conste por escrito expresamente en el contrato de trabajo. (ii) Que las negociaciones del trabajador sean aquellas del mismo rubro a las que se dedica la empresa en que presta sus servicios.
- ¿Puede el empleador prohibir cualquier tipo de negociación?
No, el empleador únicamente pude estipular no efectuar negociaciones que tengan que ver con el mismo giro del negocio, es decir, el trabajador es libre de realizar actividades fuera de la empresa que no tengan que ver con el mismo rubro.
- ¿Cuándo hay una ausencia injustificada al trabajo?
La ley ha establecido que, si el trabajador se ausenta del trabajo por dos días seguidos, o dos lunes en el mes, o un total de tres días en igual periodo de tiempo, y no se justifica, se configura una causal de despido. También ocurre cuando la ausencia no justificada, de un trabajador que tiene a cargo una maquina o actividad, produce una paralización grave en la marcha de la obra.
- ¿Qué se entiende por ausencia justificada?
Cuando el trabajador da un motivo que sea racional que explique su inasistencia, y este hecho debe ser acreditado. Así por ejemplo en caso de enfermedades se justifica con la licencia medica
- ¿Qué significa hacer abandono del trabajo?
Si ha entendido que ocurre cuando el trabajador de manera intempestiva y sin justificar, se ausenta de lugar de trabajo, y también cuándo se niega a trabajar sin causa justificada.
- ¿Qué comprende la causal de actos u omisiones temerarias que afectan la seguridad del establecimiento o trabajadores?
Se ha estimado que dicha causal consiste en cualquier conducta negligente del trabajador que expone a un riesgo a las dependencias del establecimiento, al resto de los trabajadores o incluso a sí mismo.
- ¿Qué pasa si daño las instalaciones o útiles de la empresa?
La ley establece que si el trabajador daña intencionalmente las dependencias, maquinarias, mercaderías e instalaciones de la empresa se puede configurar una causal de despido. Por lo tanto, en el caso de daños originados por accidentes, no opera dicha causal.
- ¿Cuándo hay incumplimiento grave de las obligaciones del contrato?
Si ha entendido que hay un incumplimiento grave cuando se infringen las obligaciones esenciales del contrato laboral, y esto dependerá de cada situación en concreto. Un ejemplo sería el abogado de un estudio jurídico que no asiste a juicio.